AYUDAS DE APOYO ESCOLAR. Gbecas
Gbecas

AYUDAS DE APOYO ESCOLAR PARA EL CURSO 2025/2026 DESTINADAS A ALUMNOS Y ALUMNAS ESCOLARIZADOS EN CENTROS EDUCATIVOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE GETAFE
Se ha procedido a la publicación, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Getafe, de las listas definitivas de solicitudes concedidas, denegadas e inadmitidas, sobre el proceso de Ayudas a la escolarización del curso 2025-2026 (GBECAS). Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Ayuntamiento de Getafe en el plazo de un mes, o bien interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar en ambos casos desde el día siguiente al de publicación de la resolución en los tablones de anuncios municipales.
Puede consultar los listados y toda la información en los siguientes enlaces:
https://sede.getafe.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_TABLON
Las listas publicadas aparecen anonimizadas, por orden alfabético del solicitante (Nombre Apellido Apellido sin partículas - Ej. Ana María de la Cruz González sería ACG).
En caso de haber resultado beneficiario de esta ayuda, una parte de la misma será abonada mediante transferencia bancaria al solicitante de la ayuda, en la cuenta indicada en la ficha de terceros de la Tesorería Municipal, entregada junto con la solicitud (ANEXO VI).
Para poder recibir el pago de la ayuda será necesario haber presentado dicho anexo con los datos bancarios. (el Titular de la cuenta bancaria deberá coincidir necesariamente, con el/la solicitante de la ayuda, que será el representante del alumno/a beneficiario/a). En caso de no haber adjuntado el ANEXO VI en el momento de la presentación de la solicitud, deberá presentarse por Registro del Ayuntamiento, dirigido a la Tesorería Municipal.
Otra parte de la ayuda se concederá a través de la tarjeta ciudad de Getafe, que puede canjearse en los diferentes comercios locales que se determinen para la compra de material escolar. Para poder beneficiarse de esta parte de la ayuda, es imprescindible estar registrado/a en la aplicación habilitada a tal efecto, puede descargarse la aplicación y darse de alta en los siguientes enlaces.
Android: https://play.google.com/store/apps/details?id=com.wdreams.getafe
IOS: https://apps.apple.com/es/app/tarjeta-ciudad-getafe/id6740854549
IMPORTANTE: El plazo máximo para realizar los gastos de esta ayuda finaliza el 30 de junio de 2026.
La presentación de documentación o recurso se realizará a través de Registro del Ayuntamiento tanto presencial como telemáticamente, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Presentación telemática en el siguiente enlace: https://sede.getafe.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO&DETALLE=6269000957527940407583
Para más información pueden contactar con la Delegación de Educación en el correo electrónico gbecas@ayto-getafe.org y en los teléfonos 91.202.79.71 y 91.202.79.70.
